Transporte escolar y el cuidado
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No es a propósito de las tragedias que hemos atestiguado este verano, sino una preocupación, u ocupación necesaria y entrañable y constante del cuidado, el poder plantearse una serie de preguntas y revisar o compartir, también, los estándares que como adultos queremos a ver que sean respetados en materia de transporte escolar y la relación con nuestros niños.
Es la época del regreso a clases y muchas familias necesitan recurrir a apoyos como el transporte escolar (T.E.), por exigencias de sus horarios, o de localidades donde los tiempos de traslado o características del territorio así lo exigen. Esta necesidad puede darse en relación a niños y adolescentes de diversas edades, y pensando en los más pequeños, especialmente –por su menor desarrollo-, es muy importante poder establecer o al menos estar informados de algunos criterios y recomendaciones de forma de poder realizar decisiones informadas al respecto de empresas de transporte, y/o de los conductores/as que trabajan de manera independiente, a quienes confiaremos el traslado de nuestros hijos al colegio o el jardín.
El ejercicio del cuidado en esta esfera, considera las normativas de seguridad, pero es mucho más vasto y requiere considerar otros estándares de cuidado ético, de protección de derechos, de prevención y contención de una serie de situaciones o eventualidades.
No sólo en el inicio del año escolar podemos consultar o evaluar estándares de cuidado en el T.E.. En cualquier momento de la relación de una familia con una empresa o conductor independiente –antes de la contratación, cada vez que se renueva el contrato, o durante el año-, es y seguirá siendo una prerrogativa preguntar y acceder a información acerca de diversos aspectos del servicio. Nuestras inquietudes y atención ininterrumpida son un tremendo factor de protección en la prioridad de procurar la integridad, bienestar y salud de nuestros niños, y también, para prevenir malos tratos, omisiones, o abusos que puedan darse en la esfera del transporte.
Es importante señalar que Chile cuenta con un registro nacional del transporte escolar (ver enlace por favor, y si no funciona, informar al ministerio vía RRSS) para consultar antecedentes. Es un punto de partida mínimo. Existen países, y municipios en diversas ciudades del mundo, donde existen protocolos muy exactos de seguridad, cuidado y prevención de abusos infantiles, relativos a servicios de T.E. provistos ya sea por los estados o por particulares.
Aquí reunimos algunas sugerencias que son parte de actividades, guías, y capacitaciones que ya llevamos a cabo en algunos establecimientos (y con responsables del transporte escolar). Ojalá sean útiles, y muchas seguramente ya han sido consideradas por familias y apoderados, pero cada año se suman pequeños que usan por primera vez el transporte, o padres y madres que también son primerizos y se hacen una serie de preguntas (como una se las hizo la primera vez también). No está de más 🙂 :
EN RELACION A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS (escuelas, jardines, instituciones deportivas, etc.):
A diferencia de otros países, en Chile son pocos los establecimientos de los cuales depende directamente el servicio de T.E. y éste generalmente es externo (con algunas excepciones donde se da que el colegio o institución deportiva, por ejemplo, se responsabiliza de contratar los buses para traslado de los niños y jóvenes a ciertos eventos o estadios o lugares de paseo).
Los acuerdos se toman entre familias y empresas de transporte o bien directamente con conductores/as que operan de forma independiente (y con la venia del jardín o colegio, por supuesto). Pero hay que ser muy claros en que aunque la prestación y los contratos se realicen de forma externa, los establecimientos e instituciones son responsables a lo menos, de definir inequívocamente cuáles son los criterios para autorizar qué transportes operan, de qué manera, qué requisitos deben cumplir vehículos y conductores, qué información deben compartir con familias y escuelas y en qué plazos, y un conjunto de otras responsabilidades y criterios que no pueden ser dejados al azar porque involucran el trato y cuidado de nuestros hijos.
El año pasado, una profesora de una escuela vio por casualidad, como a cuadras del establecimiento, se realizaba el intercambio y trasbordo de niños pasajeros entre dos liebres, de la forma más insegura. La mayoría de las familias no sabía de ésto, y muchas no vieron mayor problema, pero la dirección fue categórica en defender un criterio de cuidado y seguridad, estableciendo que aunque los apoderados no tuvieran objeciones, no se autorizaría a servicios que recurrieran al trasbordo de niños (y menos en plena calle o avenida, estacionados en áreas no autorizadas donde el día menos pensado podría un niño terminar atropellado).
El involucramiento de la escuela es fundamental así cómo a colaboración más estrecha entre familias y colegio, y con los propios conductores y empresas de transporte. Como papás y mamás, es importante conocer los criterios de la escuela para autorizar y trabajar con ciertos transportes (y otros no), y si éstos no existen o no han sido todavía definidos, vale la pena enfatizar cuán necesarios son para que sean precisados en el menor plazo posible.
EN RELACION A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE:
Ssi el conductor/a está vinculado con una empresa, es muy importante conocer al dueño o responsable, y si tiene oficinas no está de más visitarlas. Es fundamental no sólo consultar sino, comprobar la vigencia de los seguros con los cuales cuentan los vehículos, el estado de éstos, y la idoneidad y antecedentes de los conductores. Ya la actitud y disposición de la empresa a compartir transparentemente la información es informativa de su ejercicio de responsabilidad y del compromiso con el cuidado. Adicionalmente, puede ser muy útil pedir referencias a alguna familia que conozca el servicio (y a sus conductores), antes de decidir la contratación.
EN RELACION A LOS VEHICULOS (liebres, buses, etc):
es importante contar con información acerca del estado de los vehículos, años de uso o kilómetros recorridos, certificados de revisión técnica y patente al día, pólizas vigentes, partes y multas (indagar si ha estado involucrado en accidentes, etc.). Verificar correcta identificación del vehículo como furgón escolar (de equis establecimiento, si corresponde), y verificar estado de asientos, cinturones de seguridad, ventanas, lugar para las mochilas, etc. Algunos servicios permiten (y hasta promueven) realizar al menos un viaje con el apoderado/a acompañando al niño/a; es una buena opción a considerar, la recomiendo mucho. Con mi hija mayor, el conductor me permitió ir sola, primero (y pude hacerme una idea de cómo conducía y sobre todo, cómo se relacionaba con los niños), y luego con ella durante una semana. Él mismo lo consideraba una forma de propiciar la serenidad de niños y apoderados, y eso se agradece.
También es importante conocer cupo máximo de niños por vehículo, criterios de edad para organizar grupos, condiciones que permiten traslado cómodo y seguro de niños con discapacidad o capacidades diferentes; y consultar de antemano por itinerarios, rutas, si están contemplados o no trasbordos (y si eso es algo que los apoderados quieran autorizar y en qué condiciones), y si se utilizan bitácoras que efectivamente se actualicen a diario y sean de acceso público (donde se reportan incidentes o situaciones especiales ocurridas durante los viajes). Como ya señalaba, se ha dado que servicios de transporte cambian niños de buses en algún tramo del recorrido –de forma ocasional, o a diario- sin registrar el evento en la bitácora que algunos jardines y colegios exigen), y con la agravante de que estos intercambios pueden ser realizados en plena calle, a veces en segunda fila, con tráfico en ambas direcciones, asumiendo riesgos para los niños de los cuales los apoderados no están conscientes (pues no fueron informados ni consultados con antelación)
Por último, hay servicios de transporte escolar cuyos vehículos cuentan con sistemas de georreferencia, favoreciendo la ubicuidad y el cuidado. Si el T.E. en nuestro jardín o escuela no cuenta con ello, puede ser un aporte indagar si lo tienen considerado, para cuándo, o si estiman que es necesario o no y los motivos de esas elecciones. Toda información –independientemente de nuestras preferencias y exigencias- nos ayuda a tomar mejores decisiones, o a sentir que hicimos lo mejor de nuestra parte no solamente en el proceso de decidir y elegir –acorde a nuestras realidades-, sino de contribuir en la mirada del cuidado y en formas de materializarlo que si bien pueden no alcanzar a beneficiar a nuestros hijos, sí lo harán con generaciones y familias que vengan después. Todo suma. Todo ayuda a ir construyendo una cultura de cuidado donde tal vez, algún día, ni siquiera sea necesario realizar una serie de preguntas o precisiones, porque estás ya habrán sido consideradas.
EN RELACION A LAS/LOS CONDUCTORES:
En primer lugar, contar con antecedentes y estar seguros de que nunca será ofensivo ni invasivo consultar por éstos. Es sólo responsable y se trata de información que debería siempre ser accesible (y compartida por iniciativa, ojalá, de los propios conductores).
Por una parte, es importante saber si los conductores/as cuentan no sólo con cursos de conducción general, sino además con experiencia probada en conducción de T.E., específicamente. No es igual haber manejado un auto –o camiones, si así fuera- por equis cantidad de años, que llevar diez o más niños en cada recorrido.
Empresas de transporte y establecimientos escolares, en sus procesos de contratación y/o establecimiento de convenios de T.E., deberían requerir siempre antecedentes y certificados que demuestren que no existe inhabilidad para trabajar con niños. Aunque el registro de ofensores sexuales en Chile adolezca todavía de problemas de actualización (y es impresentable), es necesario habituarnos a solicitar esa información (y de paso estar muy atentos como ciudadanos a que jueces y registro civil mejoren significativamente su gestión para que los registros estén al día). Para algunos padres/madres puede ser suficiente la respuesta afirmativa, y para otros será indispensable ver el documento que acredita la consulta al registro civil. Lo esencial es contar con la seguridad de que esa exigencia existe y que las contrataciones de adultos que trabajan con niños cumplen y se guían por ella (tanto dentro del jardín o escuela, en relación a todo su personal, como en servicios externos). No se trata de alarmas, sino de un criterio realista y protector en base a información ya disponible y denuncias por abuso sexual infantil en transportes escolares, de responsabilidad directa del conductor/a (particularmente en tramos donde niños pueden viajar solos, sin el grupo completo, en compañía del adulto) o por fallar en interceder cuando el abuso sexual (incluidas situaciones de acoso sexual) se da entre niños/as o adolescentes menores de edad, durante los trayectos en la liebre o el bus de turismo (utilizado en muchos establecimientos para paseos, actividades deportivas, o viajes en la enseñanza media).
Un tema a considerar, que no es todavía práctica habitual, es el de las evaluaciones psicológicas y médicas que informen sobre condiciones de salud de los conductores para el adecuado ejercicio de su trabajo, y en la interacción y trato exigibles (trato ético, no violento, no abusivo) para con los niños bajo su responsabilidad. En la medida que realizamos la consulta sobre estas evaluaciones de salud –aunque sean infrecuentes y nos digan que no cuentan con ellas-, vamos estableciendo y alentando un estándar de cuidado que debería ser requerido. Se trata de nuestros niños. La salud física y mental de quien conduce un transporte escolar, problemas de adicción o consumo de sustancias, etc., no son aspectos menores sino fundamentales a considerar, que pueden hacer toda la diferencia en la seguridad de nuestros niños.
Consultar por estos aspectos, y esperar una respuesta satisfactoria al respecto, no es histeria, paranoia o sobreprotección. Es cuidado. En establecimientos donde ya hemos trabajado con transportistas escolares, esperanza ver cómo estas reflexiones o recomendaciones protectoras son bien recibidas, entendidas. Aun considerando que la implementación de estos cambios sea pausada (o directamente muy lenta) o dificultosa, ya es un buen signo de cambios en curso.
Si la ley no exige monitores, acompañantes o copilotos para todas las edades, podemos consultar si es posible contar con un acompañante adulto para el conductor, ya sea como una preferencia o bien, como una condición o exigencia de los padres, especialmente con niños pequeños.
Las familias tienen derecho a conocer currículum de los conductores, referencias, antecedentes legales, etc. y también programas o cursos de actualización periódicos (anuales, semestrales) a los que asistan, ya sea por requerimiento de la empresa y/o por motivación profesional/personal de cada conductor/a. Esta sola pregunta va creando consciencia sobre la necesidad de capacitar continuamente para la prestación del mejor servicio posible, y el más seguro, sobre todo, para los niños y niñas.
No podemos olvidar por un momento que muchos conductores/as conocen a los niños por largos períodos, quizás se establecen vínculos de aprecio y confianza, y si un niño/a comparte con el adulto algo que lo hace sufrir es indispensable como adultos contar con algunas herramientas básicas para responder. Por ejemplo, si un niño o niña menciona o le cuenta al conductor/a, durante un trayecto, que está viviendo una situación de violencia física o sexual en su hogar o de bullying en la escuela que no se ha atrevido a contar a sus papás ni profesores todavía ¿qué puede/debe decir el conductor/a en ese momento? (fuera de obviamente reportar la situación a su superior y al colegio), ¿cómo responde si el niño/a le pide que “no le diga a nadie”?, ¿se sienten preparados los/las conductores/as para hacer frente a este tipo de situaciones? Estas preguntas no pueden quedar irresueltas. Es una responsabilidad contar con respuestas, y para eso sirve que las propias empresas de transporte, y/o desde las escuelas y jardines, los directivos y administradores se compartan estos contenidos, o se invite e incluya periódicamente a los conductores de transporte escolar a actividades formativas que tocan los temas de cuidado infantil, educación para la sexualidad/afectividad/relaciones humanas, y sobre todo aquellas que informan sobre prevención, respuesta y denuncia de abusos infantiles.
COMPROMISOS FAMILIA Y ESCUELA:
Es indispensable conocer como familia los propios deberes y derechos, junto a los protocolos y reglamentos definidos por cada escuela (y/o estándares para selección, licitación, desvinculación, etc.) para las empresas de T.E. y las/los conductores que se vinculen con sus estudiantes. Por ejemplo: deber de llevar bitácora, reportar situaciones (cuáles, en qué plazo, etc.), derecho del colegio a especificar tipos de respuesta y márgenes de acción/autoridad dentro del transporte escolar para cuando el conductor debe intervenir en alguna situación. El colegio debería tener derecho, asimismo, a solicitar suspensión (pendiente revisión de reclamos o denuncias) y/o desvinculación permanente de conductores, junto a sanciones y criterios de prescindencia de alguna empresa por incumplimiento, faltas, etc.
Derechos y deberes: consultar con servicio de transporte si se prepara a los conductores y si cuentan ellos/as con información relativa a
- Derechos de los niños, en general; estándares de protección y prevención de abusos, acoso escolar, etc.
- Derechos específicos de los niños en el transporte escolar: por ejemplo: los niños tienen derecho a un asiento cómodo, seguro, con espacio para la mochila; derecho a protección y buenos tratos, etc.
- Deberes: por ejemplo, los niños tienen el deber de subir y bajar con cuidado del furgón; no botar basura; tratarse bien entre compañeros/as; hacer caso a instrucciones del conductor como por ej. abrocharse el cinturón, permanecer sentados, etc. ¿Se comparten estos criterios en algún documento o instancia de orientación a las familias que contratan el servicio? ¿Se comparten derechos-deberes con los niños/as, ya sea de manera verbal, escrita, o contando con algún afiche visible en el bus como recordatorio permanente?
- Términos de relación conductores-niños: además de la mutualidad del respeto, conocer normas específicas sobre relación física, psicológica, social, entre adultos-niños. Obviamente no habrá nunca golpes, gritos y/o cualquier forma de trato violenta al niño/a. Se espera adecuación del trato del adulto/a a las edades, etapas del desarrollo del niño/a, y siempre en marco de protección de derechos infantiles. Con adolescentes, ser muy claros en criterio acerca de celulares o emails (no debería el conductor compartirlos con los alumnos: relación contractual de empresa es con apoderados y por ende coordinaciones regulares o excepcionales).
- ¿Cuál es el criterio en relación al uso de teléfonos celulares para el conductor y para los niños durante trayectos? Es importante que se especifique. Evidentemente quien conduce, no puede distraerse con llamados ni mensajes. En relación a los niños, perfectamente podría ser una regla del transporte escolar –lo es en algunos- el no uso de dispositivos electrónicos durante los viajes. Cuando en una misma liebre van niños desde prekinder a octavo o enseñanza media, se ha dado que los más chicos son expuestos a contenidos inapropiados para su edad, sólo por exposición casual a las pantallas de los adolescentes. Cuando los niños más chicos replican en su hogar o en el aula palabras e interacciones (de alto contenido sexual adulto) que observaron en los trayectos –y asimismo esto puede ocurrir en sus casas u otras que visitan-, no siempre hay un relato que permita entender el origen de la conducta y más de una vez se ha dado una denuncia por sospecha de abuso a propósito de esto. Muy recomendable, una vez más, ver la película The Hunt, o La cacería, La caza, Jagten (título original, 2013) de Thomas Vinterberg. En realidad, creo que debería hace años ser un recurso imprescindible en todos los colegios, y en cátedras de educación en las universidades e institutos.
- Conocer qué criterio existe, y también precisar y explicitar el criterio como familia en relación a cuestiones como uso de nombres (el conductor no es un “tío”, los niños no son “m’hijito”, “mi niña”, todos tienen sus nombres propios), los saludos (cordialidad de “buenos días-tardes” que no fuerza ni es equivalente a besos, abrazos, etc.), formas de llamar la atención o amonestar, y otras interacciones físicas, sociales, que se puedan dar.
- Derechos y deberes de las familias: más allá de lo que defina la relación contractual, conversar de antemano con empresa y conductor sobre tips o reglamento para la familia (ojalá por escrito), y precisar con exactitud qué pueden solicitar o no las familias, a qué información pueden o no tener acceso, qué tipo de solicitudes o exigencias son posibles y cuáles no, etc., junto a qué actitud o responsabilidades se esperan de las familias (ser puntuales en la mañana, avisar con xxx tiempo de anticipación que niño no asistirá a colegio, o indicar alguna situación especial como estar enfermo de la guatita, por ejemplo).
- Cuidado-autocuidado: si empresas de transporte o los propios conductores/as no han considerado algunos de los puntos antes señalados, es una gran oportunidad como familias poder sugerir que lo sean. En primer lugar, por una orientación al cuidado y la excelencia, al bienestar de todos. Pero asimismo porque los adultos que trabajan con niños están especialmente expuestos: ya sea como receptores de relatos de abuso o sufrimiento infantil, o bien, siendo sujetos de denuncia por vulneración de derechos, negligencia, abusos, etc. A mayor precisión en la definición de estándares de cuidado y de los términos de relación con niños y niñas, en el ejercicio de medidas de autocuidado de los propios conductores, con el reforzamiento de buenas prácticas, la educación continua (incluido el conocimiento de las leyes relativas a infancia), la comunicación y colaboración mutua, etc., mejor preparados estaremos todos.
Gracias por concurrir en esta lectura. Por cierto, es solo un resumen, y todavía más información podría ser considerada. Pero es al menos un punto de partida. Sabemos que en materia de cuidado –y de la relación ética entre mundo adulto e infancia- todo está en constante movimiento y actualización; continuamente aumenta y/o cambia la información, y mantenernos actualizados –junto a otros padres, madres, con quienes nos podemos ayudar entre sí para ir al día- nos provee de mejores herramientas (aprendizajes sumados, inclusive de nuestros errores u omisiones) que serán puestas al servicio del cuidado. Todo esto necesita reflejarse y ser integrado periódicamente en protocolos de protección, en formas de hacer las cosas, y de habitar (y cuidar, valga la redundancia) las relaciones entre familias, comunidades educativas y prestadores de servicios diversos para poder cuidar mejor.
VJ